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    9 de cada 10 pasajeros afectados por una incidencia con su vuelo no reclama su indemnización

    El 89% no solicita la compensación porque no sabe cuáles son sus derechos o a causa de las trabas de las aerolíneas.

    Freepik

    Según los datos de que dispone la empresa especializada en gestión de reclamaciones de los pasajeros aéreos Reclamio.com, 9 de cada 10 afectados por una incidencia en su vuelo (el 89%) no pide una compensación a la aerolínea.

    “La cifra de pasajeros que acaba por no reclamar es altísima. Las aerolíneas deberían informar de los derechos de los pasajeros, pero no lo hacen y se aprovechan de que muchas personas desconocen que la denegación de embarque, la cancelación o el retraso de los vuelos pueden dar derecho a recibir una indemnización de hasta 600 euro si el motivo de la incidencia es imputable a la compañía, tal y como recoge la normativa europea”, señala Noemí Fernández, gerente de Reclamio.com.

    Por otro lado, desde Reclamio apuntan a que otro motivo que hace que la mayoría de los pasajeros desistan de poner una reclamación son las trabas que ponen algunas aerolíneas al proceso. “Nos llegan casos de pasajeros que sí sabían cuáles eran sus derechos y querían reclamar su indemnización, pero que después de insistir meses por correo y por teléfono y de estar recibiendo sucesivas excusas por parte la aerolínea, han acabado desistiendo de poner ellos solos la reclamación”, explica Fernández.

    Derechos de los pasajeros ante una incidencia en su vuelo

    El equipo de Reclamio.com recuerda cuáles son los derechos de los pasajeros ante una incidencia con su vuelo. En primer lugar, el pasajero afectado tiene derecho a una indemnización económica. Es muy importante conservar toda la documentación relativa al vuelo para poder presentar posteriormente la reclamación y obtener la compensación, que es de 250 € en vuelos de hasta 1.500 km de distancia; de 400 € en vuelos de entre 1.500 km y 3.000 km de distancia, y de 600 € en vuelos de más de 3.000 km de distancia.

    En segundo lugar, la compañía debe ofrecerle la posibilidad de elegir entre una de las siguientes opciones: reembolso del coste del billete y, si tiene un vuelo de conexión, un vuelo de vuelta lo antes posible al aeropuerto de salida; transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible, con la propia compañía aérea u otra y en condiciones de transporte comparables, y transporte alternativo en una fecha posterior que convenga al pasajero en condiciones de transporte comparables, si hay plazas disponibles.

    Si la aerolínea no ofrece la opción de elegir y el viajero compra su propio billete, deberá guardar también el recibo y la nueva tarjeta de embarque para presentar una reclamación.

    En tercer lugar, la aerolínea está obligada a brindar asistencia gratuita –bebidas, alimentación, alojamiento, transporte de ida y vuelta entre el alojamiento y el aeropuerto y dos llamadas telefónicas, mensajes por fax o correo electrónico–. En caso de que no ofrezca asistencia y sea el viajero quien pague los gastos, es importante conservar los tickets para pedir posteriormente el reembolso, siempre que sean necesarios, razonables y adecuados.

    El pasajero dispone de hasta cinco años para intentar reclamar él mismo ante la aerolínea o para tramitar la incidencia a través de una mpresa especializada en gestionar las reclamaciones de los pasajeros aéreos, como Reclamio.com.

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