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    Ayudas para la rehabilitación energética en edificios hoteleros

    iStockphoto-www-sxc.hu

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    Recientemente se ha publicado la Resolución del Consejo de Administración para la Diversificación y Ahorro de la Energía del 25 de junio de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria del programa de ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes del Sector Residencial (viviendas y hoteles).

    Este programa contempla dos tipos de ayudas: entrega dineraria sin contraprestación (30% del coste, máximo 3.000 euros por vivienda) y préstamos reembolsables a 12 años con un tipo de interés: Euribor +0% (entre el 60-90% del coste, con un máximo de 6.000 euros por vivienda).

    Las ayudas se destinarán a actuaciones integrales (no una o varias viviendas o locales) en edificios existentes (anteriores a 2013): residenciales y hoteleros, que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética, el aprovechamiento de las energías renovables; y que consigan mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), mediante una o más de las siguientes actuaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, en su conjunto o en alguno de los elementos que la componen; mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación; sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas; y sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

    Se entiende por instalaciones térmicas las instalaciones de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas.

    Los costes subvencionables son los siguientes: el coste de la obras aprobadas para la actuación de mejora; los honorarios de los profesionales de emisión del Certificado de Eficiencia Energética; costes del proyecto y dirección de obras. No son subvencionables los gastos de licencias, tasas impuestos o tributos.

    El período de aplicación de estas ayudas comprende desde el pasado 2 de octubre de 2013 hasta el 30 de octubre de 2015 y pueden ser solicitadas por propietarios, comunidades o mancomunidades de vecinos y empresas de servicios energéticos.

    El formulario para realizar la solicitud de participación en este programa de ayudas se encuentra en la dirección de internet del IDAE (www.idae.es).

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