Mercer Hotel Barcelona, uno de los últimos establecimientos hoteleros en abrirse en el Barrio Gótico. Fotografía: F. Nadeu.
El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado el Plan de Usos de Ciutat Vella, que permite construir nuevos establecimientos hoteleros de tres, cuatro y cinco estrellas en esta zona de la Ciudad Condal. Hasta ahora, la única posiblidad que existía para implantar nuevas actividades hoteleras en el distrito de Ciutat Vella en el Plan de Usos de 2010 era efectuando el rescate de licencias de una zona para trasladar las plazas hoteleras a otra área menos saturada. La modificación del Plan de Usos plantea una nueva regulación en lo referente a la implantación de nuevos establecimientos hoteleros. Esta medida podría entrar en vigor en verano.
Así, se permite la construcción de nuevos hoteles en la zona perimetral del Barrio Gótico (calles Fontanella y Trafalgar), el entorno del Portal de Santa Madrona y el Paseo Colón sin necesidad de rescatar licencias. Esta medida se limita a la implantación de edificios exclusivos con un máximo de 200 plazas hoteleras y una proporción máxima de superficie de habitaciones del 60%.
La opción de rescatar licencias con el objetivo de mejorar algunos de los negocios por la vía del traslado se mantiene en el resto de las zonas del distrito y, en este caso, también se levanta la limitación por densidad en zonas saturadas, de manera que cualquier negocio hotelero puede ser ampliado o trasladado dentro de una misma zona si mantiene o rebaja el número de camas rescatadas y se ubica en un edificio exclusivo.
También se permite la implantación de nuevas instalaciones hoteleras en edificios catalogados con el nivel B de protección en todas las zonas de Ciutat Vella, unos 380. Esta medida tiene como finalidad poner en valor determinados edificios catalogados en la categoría B del plan especial de patrimonio arquitectónico y artístico de Barcelona, y que actualmente podrían haber iniciado procesos de degradación propia o del entorno por estar en una situación de desuso. Esta implantación solo se podría desarrollar con unos requisitos previos: tramitanto previamente una modificación del Plan General Metropolitano (MPGM) para derterminar la idoneidad tipológica y de emplazamiento que posibilite la habilitación para uso hotelero del edificio, y cursando un plan especial urbanístico.
Estas implantaciones se tendrán que hacer en edificios exclusivos y el número de plazas por hotel oscila entre las 200 y 100 en función de la zona. En todos los casos los hoteles deberán conservar una proporción máxima de superficie de habitaciones del 60%. Otras condiciones que se establecen pasan por proponer estas implantaciones en edificios legamente vacíos y exclusivos.
Los apartamentos turísticos, obligados a agruparse en edificios exclusivos
En cuanto a los apartamentos turísticos, continúa vigente la limitación de plazas. Además, el Plan de Usos introduce la obligatoriedad de agrupar las licencias de esta actividad en edificios exclusivos. De esta manera, los titulares de los apartamentos turísticos deberán agrupar estas licencias en edificios enteros en un periodo máximo de seis años. Pasado este tiempo, las licencias que continúen vigentes en edificios con vecinos se extinguirán.